
REDACCIÓN
THE BAJA POST
El Dictamen No. 143 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, relativo a la Iniciativa de reforma a la Ley de Ingresos del Municipio de San Quintín fue aprobado en sesión ordinaria de Pleno, por veintiún votos a favor y ninguno en contra, dijo la presidenta de la CHyP, Diputada Julia Andrea González Quiroz.
Con esto se podrá eximir al 100% en pago de diversos derechos municipales, procesos de regularización territorial, vivienda social y acciones vinculadas al Plan de Justicia para Trabajadores Agrícolas de San Quintín

Los derechos a exentar podrían comprender según corresponda y conforme a la naturaleza del trámite, entre otros conceptos, los siguientes: Factibilidad de uso del suelo; Deslinde, verificación o revisión técnica catastral; y Asignación de clave catastral urbana en nuevos fraccionamientos.
Esta reforma contribuye a atender las problemáticas identificadas en dicho plan, particularmente las relacionadas con rezagos en materia de regularización patrimonial, infraestructura urbana y acceso a servicios esenciales, facilitando la incorporación formal de los asentamientos beneficiados y disminuyendo las cargas económicas inherentes a dichos procesos.
Para acceder a la exención fiscal otorgada en el presente, se deberá cumplir con lo siguiente: los beneficiarios serán las personas residentes trabajadores agrícolas, así como a las personas pertenecientes a pueblos originarios de San Quintín.
En lo que se refiere a superficie, el límite máximo será de quinientos metros cuadrados; el valor fiscal no deberá exceder de las 10 mil UMAS y, en cuanto al número de predios, solo podrá regularizarse o titularse un predio por persona solicitante.
Dichos requisitos resultan razonables, toda vez que tienen por objeto dirigir el beneficio fiscal a sectores de la población que enfrentan condiciones de vulnerabilidad social y patrimonial, derivadas de la ocupación de predios en proceso de regularización.
En el considerando noveno del presente dictamen, se menciona que la propuesta de otorgar una exención temporal de derechos municipales a favor de personas trabajadoras agrícolas y personas pertenecientes a pueblos originarios cuyos predios se encuentren en proceso de regularización, constituye una medida congruente con el marco constitucional.
Lo anterior, toda vez que contribuye a combatir barreras económicas asociadas a los procesos de regularización de la tenencia de la tierra, incorporación al desarrollo urbano y acceso a servicios públicos básicos, aspectos que forman parte de los elementos necesarios para garantizar el derecho a una vivienda adecuada previsto en el artículo 4º de la Constitución Mexicana.
