REDACCIÓN
THE BJA POST
Ante la ola de accidentes viale con saldos mortales que se hyan dado en Mexicaliu y todoi el Estado, la Comisión de Justicia presentó ante el Pleno del Congreso el Dictamen número 24, mediante el cual se aprobó por unanimidad la reforma al Código Penal para el Estado de Baja California a fin de incorporar la figura del dolo eventual y fortalecer las sanciones contra conductas temerarias al conducir vehículos de motor.
Falta de pericia al manejar, poca cultura vial y uso de celulares al ir conduciendo, junto con el consumo de alcohol, son las causas principales de la ola de accidentes que afecta al Estado
El dictamen deriva de la iniciativa promovida por la diputada Evelyn Sánchez Sánchez, que modifica el artículo 14 del Código Penal estatal para incorporar expresamente la figura jurídica de dolo eventual, que es cuando una persona, con pleno conocimiento del riesgo, ocasione un daño grave o la pérdida de la vida de otra persona, en accidentes de tránsito.

Entre las modificaciones aprobadas, también se encuentra la adición de los artículos 124 Bis y 137 Bis para tipificar el homicidio y las lesiones cometidas bajo este delito, para que accidentes viales ocasionados por personas que conduzcan en estado de ebriedad, bajo el influjo de sustancias, a exceso de velocidad o utilizando aparatos telefónicos, sean considerados como delitos dolosos.
Por otro lado, la diputada inicialista presentó una reserva en lo particular para modificar el artículo 137 BIS, con la finalidad de dotar de mayor certeza y seguridad jurídica a su contenido normativo, evitando interpretaciones ambiguas al momento de su aplicación por parte de la autoridad jurisdiccional.
La reforma aprobada contempla penas de ocho a quince años de prisión cuando se produzca la muerte de una persona bajo esta modalidad, además de agravantes cuando existan múltiples víctimas o las personas afectadas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad. También se incrementan sanciones relacionadas con la conducción en estado de ebriedad y daños ocasionados a terceros.
En ese sentido se establece de manera clara y precisa la sanción penal aplicable en los casos relativos al delito de lesiones, garantizando así una adecuada impartición de justicia conforme a los principios de legalidad y exacta aplicación de la ley penal.


