8 abril, 2026
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Sanciona INE a Marina del Pilar por presunta intromisión en proceso electoral

Por Alejandro García/THE BAJA POST

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, a favor de la queja presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra las manifestaciones emitidas por la gobernadora, Marina del Pilar Ávila Olmeda, durante las “Mañaneras” de los pasados 9 y 24 de enero, y 15 de febrero.

Lo anterior durante la sesión ordinaria de la Comisión del 22 de febrero, durante la cual se emitieron nueve medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y personas, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de neutralidad y equidad en la contienda, a las reglas de difusión de los informes de labores de las personas servidoras públicas, calumnia y Violencia Política en contra de la Mujeres en Razón de Género (VPMRG).

Por medio de un comunicado de prensa, en el INE dieron a conocer que se consideraron actos anticipados de campaña en beneficio de Claudia Sheinbaum Pardo y del partido político Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) las transmisiones de los días 9 y 24 de enero, así como del 15 de febrero de 2024 y su publicación en YouTube y Facebook oficiales del Gobierno de la entidad.

La Comisión concluyó que la Gobernadora en las tres conferencias denunciadas realizó manifestaciones que, de manera preliminar, podrían incidir en el ánimo de la ciudadanía de cara al Proceso Electoral Federal 2024.

Por esta razón, se ordenó a la Gobernadora, así como al director de Comunicación Social del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado, a que en un plazo que no podrá exceder de 6 horas realicen las acciones necesarias para eliminar o modificar los audiovisuales de las conferencias mencionadas, en las redes sociales oficiales y de la referida funcionaria local.

Sin embargo, en el documento de prensa se indicó que se negó la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta, pues no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá.

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